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viernes, 9 de agosto de 2013

Ampliar catálogo de delitos que ameritan prisión vitalicia
    
Toluca, Méx.- agosto de 2013.-Ampliar los supuestos en los que se puede aplicar prisión vitalicia a los delitos considerados de alto impacto por la violencia con la que se cometen, es el objetivo de la iniciativa presentada por el gobernador, Eruviel Ávila Villegas, que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal y de la Ley de Justicia para Adolescentes del Estado de México.
La propuesta, turnada a las Comisiones de Gobernación y Puntos Constitucionales y de Procuración y Administración de Justicia, en sesión del Tercer Periodo Ordinario, considera que se les impondrán de cuarenta a setenta años de prisión o prisión vitalicia y de setecientos a cinco mil días multa, a los responsables de los delitos de extorsión, homicidio cometido en contra de su cónyuge, concubina, concubinario, ascendientes, descendientes consanguíneos en línea recta o hermanos, teniendo conocimiento el inculpado del parentesco, violación, en el que participen dos o más personas, y cuando por motivo del delito de robo se cause la muerte.
Establece que a los adolescentes de 14 años y menores de 18 que participen en estos ilícitos, se les aplique una medida de tratamiento en internamiento, como última alternativa, la cual no podrá exceder de diez años.
ELIMINAR BENEFICIOS DE LEY POR EXTORSIÓN Y ROBO CON VIOLENCIA
Que los imputados y sentenciados por los delitos de extorsión y robo con violencia consumado o en grado de tentativa no alcancen beneficios, sustitutivos ni la suspensión de la pena, es el propósito de la iniciativa del Ejecutivo, la cual reforma diversas disposiciones del Código Penal y del Código de Procedimientos Penales, ambos del Estado de México.
Enviada a las Comisiones de Gobernación y Puntos Constitucionales, así como Procuración y Administración de Justicia para su dictamen, pretende establecer la negativa para conceder la suspensión condicional de proceso a prueba, además de la improcedencia para otorgar la remisión parcial de la pena, tratamiento preliberatorio, libertad condicionada y la libertad condicional, con la finalidad de que los sentenciados cumplan de manera total la pena privativa de libertad que les haya sido impuesta.
Asimismo, el documento expuesto por el diputado Armando Portuguez Fuentes (PRD), establece la improcedencia para la aplicación de penas alternativas en el delito de robo; con ello siempre habrá lugar a sanción privativa de libertad.
REDUCIR EL TIEMPO DE EXPERIENCIA PARA SER PERITO
A fin de reducir de cinco a un año el tiempo de experiencia para ser perito de la Procuraduría General de Justicia del Estado de México, el titular del Ejecutivo también presentó una iniciativa que reforma la Ley que crea el Instituto de Servicios Periciales del Estado de México y la Ley Orgánica del Poder Judicial, misma que fue leída por el diputado Sergio Mancilla Zayas (PRI). Se encomendó a las Comisiones de Gobernación y Puntos Constitucionales y de Procuración y Administración de Justicia su análisis.
MINUTA EN MATERIA DE LEGISLACIÓN PROCESAL PENAL ÚNICA
Facultar al Congreso de la Unión para expedir la legislación única en materia procesal penal, de mecanismos alternativos de solución de controversias y de ejecución de penas que regirá en la República Mexicana, en el orden federal y en el fuero común, es el objetivo de la minuta proyecto de decreto que avaló el Pleno Legislativo, previo dictamen de las Comisiones de Gobernación y Puntos Constitucionales y de Procuración y Administración de Justicia. El dictamen aprobatorio será remitido al Congreso de la Unión a fin de integrar la voluntad del Poder Constituyente Permanente.
HACER EFECTIVO DERECHO HUMANO A LA JUSTICIA
Con el propósito de hacer más efectivo el derecho humano de acceso a la justicia en nuestra entidad, el legislador, Armando Portuguez Fuentes (PRD), propuso reformas al Código de Procedimientos Penales de la entidad.
De acuerdo con la iniciativa, turnada a las comisiones de Gobernación y Puntos Constitucionales y de Procuración y Administración de Justicia, es necesario cancelar el requisito de contar con un abogado para la promoción de un litigio.
Por ello, propone que en los juicios de violencia familiar y de alimentos el juez tome las medidas necesarias a efecto de que el demandante no quede en estado de indefensión cuando no tenga licenciado en derecho que lo patrocine y que, para ello, tome la medida específica a que se refiere el artículo 1.93 del mismo ordenamiento y llame al defensor público para que lo asista en las diligencias en las que deba intervenir el demandante.
 
 

 
 

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