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viernes, 4 de enero de 2013

Publican reformas a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal
Ciudad de México.- El Diario Oficial de la Federación publicó hoy miércoles el decreto por el que se reforman diversas disposiciones a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, que dispone las nuevas facultades en materia de seguridad de la Secretaría de Gobernación.
Esa dependencia también deberá formular y ejecutar las políticas, programas y acciones para garantizar la seguridad pública de la Nación y de sus habitante.
Asimismo, proponer al Ejecutivo Federal la política criminal y las medidas que garanticen la congruencia de ésta entre las dependencias de la Administración Pública Federal; comparecer cada seis meses ante las comisiones de Gobernación y de Seguridad Pública del Senado para presentar la política criminal y darle seguimiento cuando ésta se apruebe o se modifique".
Igualmente, contribuir a la prevención del delito; ejercer el mando sobre la fuerza pública para proteger a la población ante todo tipo de amenazas y riesgos, con plena sujeción a los derechos humanos y libertades; salvaguardar la integridad y los derechos de las personas; así como preservar las libertades, el orden y la paz públicos.
De la misma manera, Gobernación tendrá que organizar, dirigir y supervisar bajo su adscripción a la Policía Federal, garantizar el desempeño honesto de su personal y aplicar su régimen disciplinario, con el objeto de salvaguardar la integridad y el patrimonio de las personas y prevenir la comisión de delitos del orden federal.
El titular de Gobernación propondrá al Presidente el nombramiento del Comisionado Nacional de Seguridad y del Secretario Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, entre otros.
El documento destaca que a Gobernación le corresponde el coordinar a los secretarios que forman parte del Gabinete y demás funcionarios de la Administración Pública Federal para garantizar el cumplimiento de las órdenes y acuerdos del titular del Ejecutivo.
Además, el presidente Enrique Peña Nieto podrá convocar, directamente o a través del secretario de Gobernación a reuniones de gabinete con los secretarios de Estado y funcionarios de la Administración Pública Federal para definir o evaluar la política del gobierno en asuntos prioritarios de la administración.
Tales reuniones serán encabezadas por el Presidente o, si el Ejecutivo así lo determina, por el titular de la secretaría de Gobernación. El Jefe de la Oficina de la Presidencia podrá ser convocado a las reuniones de gabinete, por acuerdo del Presidente.

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