México,D.F.- Los diputados locales ya no presentarán denuncias penales cuando se detecte la comisión de un presunto delito por parte de servidores públicos de elección popular, que afecte a la hacienda pública, pues decidieron delegar esa función al Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México (Osfem).
A través de una reforma al Artículo 73 de la Ley de Fiscalización Superior de la entidad, los legisladores evitarán ser los denunciantes de presuntos desfalcos o peculados, bajo el argumento que carecen del conocimiento suficiente para dar seguimiento a los asuntos en los cuales se presuman posibles ilícitos.
Cabe recordar que el ex alcalde de Zinacantepec, Leonardo Bravo, denunció tanto al coordinador de Movimiento Ciudadano en el Congreso local, Higinio Martínez, como al gobernador, Eruviel Ávila, acusándolos de daño moral, pues en la LVI Legislatura lo denunciaron por un presunto peculado en su contra, y eso lo llevó a prisión durante varios meses, aunque posteriormente fue dejado en libertad.
Según los representantes populares, con dichos cambios buscan mejorar el mecanismo de inicio del procedimiento, en caso de presumir una responsabilidad penal en contra de servidores públicos de elección popular que se encuentren en funciones o hayan dejado de serlo, pero a la vez podrían evitar futuras denuncias.
"Ponderamos la conveniencia de mantener la expedites y eficacia del ejercicio de las atribuciones de la Junta de Coordinación Política y de no estorbarlas, imponiéndole el deber de asumir la representación en denuncias penales contra servidores públicos, sobre todo al apreciar que el proceso penal es de estricto derecho y que exige que cada acción se lleve con el mayor rigor y puntualidad posible", precisa el dictamen.
Sin embargo, mantiene la necesidad que los integrantes de la Junta de Coordinación -es decir de los coordinadores de las diferentes bancadas- acuerden que el auditor superior haga la denuncia penal correspondiente. "La justificación que sea el titular del Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México quien atienda el procedimiento obedece a la calidad de órgano autónomo encargado de fiscalizar, auditar, revisar, substanciar, resolver y sancionar. En ese tenor, es atendible que sea éste quien inicie el procedimiento penal, pues el órgano técnico es el que tiene pleno conocimiento de las responsabilidades incurridas por los servidores públicos", precisa el dictamen.
A través de una reforma al Artículo 73 de la Ley de Fiscalización Superior de la entidad, los legisladores evitarán ser los denunciantes de presuntos desfalcos o peculados, bajo el argumento que carecen del conocimiento suficiente para dar seguimiento a los asuntos en los cuales se presuman posibles ilícitos.
Cabe recordar que el ex alcalde de Zinacantepec, Leonardo Bravo, denunció tanto al coordinador de Movimiento Ciudadano en el Congreso local, Higinio Martínez, como al gobernador, Eruviel Ávila, acusándolos de daño moral, pues en la LVI Legislatura lo denunciaron por un presunto peculado en su contra, y eso lo llevó a prisión durante varios meses, aunque posteriormente fue dejado en libertad.
Según los representantes populares, con dichos cambios buscan mejorar el mecanismo de inicio del procedimiento, en caso de presumir una responsabilidad penal en contra de servidores públicos de elección popular que se encuentren en funciones o hayan dejado de serlo, pero a la vez podrían evitar futuras denuncias.
"Ponderamos la conveniencia de mantener la expedites y eficacia del ejercicio de las atribuciones de la Junta de Coordinación Política y de no estorbarlas, imponiéndole el deber de asumir la representación en denuncias penales contra servidores públicos, sobre todo al apreciar que el proceso penal es de estricto derecho y que exige que cada acción se lleve con el mayor rigor y puntualidad posible", precisa el dictamen.
Sin embargo, mantiene la necesidad que los integrantes de la Junta de Coordinación -es decir de los coordinadores de las diferentes bancadas- acuerden que el auditor superior haga la denuncia penal correspondiente. "La justificación que sea el titular del Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México quien atienda el procedimiento obedece a la calidad de órgano autónomo encargado de fiscalizar, auditar, revisar, substanciar, resolver y sancionar. En ese tenor, es atendible que sea éste quien inicie el procedimiento penal, pues el órgano técnico es el que tiene pleno conocimiento de las responsabilidades incurridas por los servidores públicos", precisa el dictamen.
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